Cuando realizamos la declaración de IRPF siempre es interesante estar bien informado de todos aquellos gastos que nos podemos deducir. En esta entrada te resumimos algunos de ellos.
Los gastos deducibles serán diferentes dependiendo de si tenemos un contrato laboral o si ejercemos una actividad profesional por cuenta propia. En el caso de los autónomos existen diferentes gastos que podrán desgravarse y que no debemos olvidar. Siempre será necesario que estén debidamente documentados, que estén relacionados con la actividad a desarrollar y que estén debidamente contabilizados para poder desgravarlos.
1. Cuota de autónomos o RETA.
Uno de los primeros gastos que tendrá que soportar el trabajador autónomo es la cuota a pagar con carácter mensual por estar dado de alta en la Seguridad Social. Este gasto será deducible.
El autónomo también puede contratar trabajadores. En este caso también podrá deducirse los gastos por nóminas así como las cuotas de seguridad social que pague por tener los trabajadores contratados.
2. Factura telefónica
Otro gasto que podrá deducirse el trabajador autónomo es el importe de la factura telefónica. Para no tener problemas será necesario demostrar que este gasto está vinculado a la actividad profesional que desarrolla. Es recomendable para poder acreditar este requisito disponer de otra línea contratada a su nombre.
3. Gestoría
También podrán deducirse los gastos por asesoramiento fiscal, laboral o legal que tengan que soportar para el desarrollo de su actividad.
4. Programas informáticos
Siempre que sean necesarios para el desarrollo de la actividad, también podrán deducirse las cuotas para poder utilizar diferentes aplicaciones informáticas o acceso a bases de datos on line.
5. Publicidad
La publicidad es un gasto importante e inevitable para el trabajador autónomo, tanto para darse a conocer al inicio de la actividad profesional como para mantenerse en el mercado. Los gastos publicitarios tanto para publicidad on line como off line serán deducibles siempre que estén relacionados con la actividad desarrollada a la que se imputen.
6. Espacio y material de trabajo
En el caso de que tenga un local u oficina alquilada, así como el pago por el uso de un espacio coworking también será deducible.
7. Seguros
Entre los gastos deducibles también se incluyen los gastos por el pago de primas de seguros de responsabilidad civil, médicos privados o de vida.
8. Cuotas de colegios y asociaciones profesionales
También serán deducibles las cuotas de colegiación así como los pagos periódicos realizados para pertenecer a asociaciones profesionales para desempeñar su actividad.
9. Transporte
Los gastos por desplazamiento como son los billetes de transporte público o los tickets de taxi podrán desgravarse si bien es fundamental justificar la relación con el ingreso.
Los gastos soportados por formaciones relacionadas con el desarrollo de la actividad del autónomo también serán deducibles a la hora de liquidar la Declaración del IRPF.
Siempre hay que tener en cuenta que cada gasto habrá que comprobar que está suficientemente documentado y que cumple todos los requisitos establecidos por la normativa para considerarse deducible.
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