
Cuando una startup o un emprendedor decide crecer, una de las vías más habituales es acudir a una ronda de inversión. Este proceso, además de atraer recursos económicos, implica consecuencias fiscales tanto para la empresa como para los inversores. Conocer cómo funciona la tributación en estos casos es fundamental para evitar sorpresas y planificar correctamente la entrada de capital.
¿Qué es una ronda de inversión?
Una ronda de inversión es una operación mediante la cual una empresa capta capital de inversores (business angels, fondos de inversión, aceleradoras, etc.) a cambio de una participación en su capital social.
Se trata de un proceso clave en el ecosistema emprendedor, pero muchas veces se pasa por alto el impacto fiscal que puede tener tanto para la sociedad como para el inversor.
Impacto fiscal en la empresa que recibe la inversión
1. Ampliación de capital
- Lo habitual es que la sociedad realice una ampliación de capital, emitiendo nuevas participaciones o acciones.
- Importante: la entrada de dinero mediante ampliación de capital no tributa como ingreso en el Impuesto sobre Sociedades, sino que pasa a formar parte de los fondos propios de la empresa.
- Sí pueden existir costes asociados (notariales, registrales, asesores), que serán gastos deducibles.
2. Prima de emisión
- En muchos casos, además del valor nominal de las participaciones, se añade una prima de emisión.
- Fiscalmente, la prima de emisión tampoco constituye un ingreso para la empresa, sino un refuerzo de sus fondos propios.
3. Subvenciones o ayudas paralelas
- A veces, junto con la ronda, la empresa recibe ayudas públicas. En este caso sí se considera ingreso y tiene implicaciones fiscales distintas.
Impacto fiscal en el inversor
1. Inversión inicial
- El dinero aportado por el inversor no tributa en el momento de la entrada.
- Lo que obtiene es una participación en el capital social de la empresa.
2. Incentivos fiscales para business angels
- La normativa española ofrece ventajas para inversores particulares:
- Deducción en IRPF del 30% de las cantidades invertidas en empresas de nueva creación (con ciertos límites y requisitos).
- Exención por reinversión en caso de transmitir la participación y reinvertir en otra startup.
3. Venta futura de la participación
- Cuando el inversor decida vender su participación, deberá tributar en la base del ahorro por la ganancia patrimonial obtenida.
- Tipo aplicable en 2025: entre el 19% y el 28%, según importe de la ganancia.
Errores habituales en la fiscalidad de rondas de inversión
- Confundir la entrada de capital con un ingreso en el Impuesto sobre Sociedades.
- No aplicar la deducción de inversores en IRPF por desconocimiento.
- Falta de documentación: no registrar correctamente la ampliación de capital o la prima de emisión en el Registro Mercantil.
- No planificar la salida del inversor, lo que puede generar una tributación muy elevada en el futuro.
Buenas prácticas para emprendedores e inversores
✅ Planificar la ronda con asesoría fiscal desde el inicio.
✅ Aprovechar los incentivos fiscales disponibles.
✅ Documentar correctamente la operación (estatutos, junta, inscripción en Registro Mercantil).
✅ Estudiar el impacto a medio y largo plazo de la entrada y salida de inversores.
Conclusión
La fiscalidad de las rondas de inversión no tiene por qué ser un obstáculo para emprender, pero sí es un aspecto clave que muchas veces se subestima. Para la empresa, la entrada de capital fortalece los fondos propios sin tributar como ingreso; para el inversor, existen importantes incentivos fiscales que pueden reducir notablemente la carga tributaria.
En definitiva, una buena planificación fiscal puede marcar la diferencia entre una ronda de inversión exitosa y una que genere problemas en el futuro.
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